Propiedad Intelectual en la UBA
Normativa
La Propiedad Intelectual se regula a través de tratados, convenios y reglamentos internacionales, normativas nacionales de Propiedad Intelectual.
El nuestra República Argentina, la propiedad intelectual está regulada por las siguientes leyes:
Ley Nº 11.723
Régimen legal de la propiedad intelectual, sancionada el 28 de septiembre de 1933. y su posterior modificación: Propiedad intelectual, Ley 25036 que modifica los artículos 1º, 4º, 9º y 57º e incorpora el artículo 55 bis a la Ley 11723.
Ley Nº 22.362
La Ley Nacional de Marcas y Designaciones, sancionada el 31 de marzo de 1981, su decreto reglamentario y posteriores modificaciones, es la norma que regula integralmente el instituto marcario en nuestro país. En ella se establece lo que puede ser objeto de un registro marcario, y a su vez lo que no se considera marca y no puede ser registrado.
Ley Nº 24.481
Ley de patentes de invención y modelos de utilidad, sancionada el 20 de marzo del año 1996, su decreto reglamentario y sus sucesivas modificaciones.
Ley Nº 25.036
Ley software, sancionada el octubre 14 de 1998, que modifica el artículo 1° de la Ley 11.723, e incorpora los programas de ordenadores y compilaciones de datos a su redacción a los derechos intelectuales.
¿Qué normativa existe dentro de la Universidad de Buenos Aires?
La Propiedad Intelectual dentro de la Universidad de Buenos Aires, es regulada través de su normativa interna, la cual determina los derechos y obligaciones de las partes, incluyendo la distribución de beneficios potenciales.
Capitulo A CODIGO.UBA I – 43
Derechos de Propiedad Intelectual UBA
Existen diferentes modalidades de protección de la Propiedad Intelectual, muchos de los cuales pueden, incluso, coexistir relacionados en un mismo desarrollo.
Los derechos de PI que mayormente protegen los desarrollos científicos y tecnológicos universitarios son:
- Patentes invención
- Modelos de Utilidad
- Modelos y Diseños Industriales
- Marcas
- Derechos de Obtentor
- Derechos de Autor
¿Por qué es importante la Propiedad Intelectual dentro de la Universidad de Buenos Aires?
Porque permite proteger los derechos de los inventores y la Universidad, asegurando que sean reconocidos por sus desarrollos. Porque facilita la transferencia de los desarrollos al medio. Porque puede promover vínculos posteriores con otras instituciones académicas o productivas. Porque permitirá que, en caso de existir algún beneficio económico por un desarrollo, se distribuyan regalías a la Universidad, la Facultad e Inventores, según la normativa vigente.